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Profesionales y Autónomos

Seguro de furgonetas y vehículos comerciales

Seguro de furgonetas y vehículos comerciales

Si tu vehículo es tu medio de negocio, debes tenerlo bien asegurado. No te la juegues

Los accidentes siempre suponen complicaciones, pero si tu vehículo es tu medio de negocio, sus efectos pueden llegar a ser muy importantes

Ofrecemos seguros pensados para todo tipo de furgonetas y vehículos comerciales. Juntos encontraremos la solución ideal para ti, con coberturas complementarias y pensadas para este tipo de vehículos.

Hablemos

Independientemente de cuándo venza el seguro del vehículo, te podemos hacer un estudio comparativo, gratuito y sin compromiso. De entre las mejores entidades aseguradoras, buscaremos la que te ofrezca las mejores garantías al mejor precio.

Además de vender seguros, te ofrecemos:

  • Experiencia, profesionalidad y un trato personalizado.
  • Aseguradoras de primer nivel.
  • Seguros para todo tipo de vehículo comercial.
  • Asistencia en viaje que incluye la cobertura de reparación in situ para que pueda reparar el vehículo y seguir trabajando.
  • Inclusión de todos los accesorios de serie y posibilidad de incluir los accesorios, las modificaciones y las adaptaciones hechas al vehículo.
  • Las coberturas más completas e innovadoras que necesitas.
  • Cobertura en caso de acceso a puertos y aeropuertos, si la necesitas.
  • Posibilidad de asegurarte a ti y a tu vehículo independientemente de tu edad y del modelo de vehículo que tengas.
  • Posibilidad de incluir como segundo conductor a un hijo tuyo que también conduzca el coche.
  • El precio que deseas sin renunciar a las garantías. Porque en caso de siniestro, lo que importa son las garantías.
  • Ayuda con la letra pequeña para que conozcas las diferencias entre cada propuesta y puedas valorar si te conviene pagar un poco más y estar mejor asegurado. Porque todas las propuestas se parecen, pero no todos los seguros cubren lo mismo.
  • Asesoramiento, trato directo y la seguridad de que estaremos a tu lado en caso de siniestro.

Revisaremos el precio y las garantías de tu seguro regularmente, los compararemos con los de otras compañías y, si la diferencia lo vale, te propondremos el cambio.

Hablemos y te ofreceremos la solución más adecuada

  • Las coberturas que tu furgoneta o vehículo comercial necesitan en todo momento

    Te presentamos algunas de las coberturas que podríamos incorporar en tu seguro según tus necesidades y la compañía elegida. Teniendo en cuenta que no todas las compañías disponen de las mismas garantías y que mejoramos e incorporamos coberturas continuamente, esta lista podría resultar incompleta. Hablemos y te presentaremos todas las posibilidades.

    • Terceros con lunas.
    • Terceros completo con robo e incendio.
    • Todo riesgo con o sin franquicia.
    • Pérdida total, una garantía opcional pensada para recuperar el valor del vehículo en caso de que quede irreparable en un siniestro. Garantía útil en caso de que se haya financiado la compra del vehículo, sin necesidad de estar asegurado a todo riesgo.
    • Con cobertura de lunas tintadas.

    Garantías pensadas para vehículos comerciales:

    • Incluye el uso de remolques.
    • Cobertura de los daños a las mercancías propias transportadas.
    • Responsabilidad civil de la carga: cobertura de los daños que las mercancías transportadas causen a terceros.
    • Defensa jurídica, pensada para defender la reclamación al causante del accidente por los daños que han sufrido tu vehículo y las mercancías transportadas.

    Garantías innovadoras como:

    • Daños por fenómenos anormales de la naturaleza.
    • Colisión con animales cinegéticos
    • Asistencia en viaje, tanto para los ocupantes del vehículo como para el vehículo en sí. Amplia, completa y desde el kilómetro cero. Con cobertura de cambios de neumático, falta de combustible o imposibilidad de seguir conduciendo, estés en el país que estés, a cualquier hora, los 365 días del año.

    • ¿Qué diferencia hay entre uso particular y uso público?

      Los vehículos de uso particular o propio son los destinados al transporte de mercancías propiedad del asegurado.

      Los vehículos de uso público son los destinados a transportar mercancías propiedad de terceros.

      Las aseguradoras distinguen entre uso particular y uso público, porque el público supone un mayor riesgo de daños a los bienes y a las personas que transportan. Si en el momento de contratar la póliza no se declara correctamente el uso que se hará del vehículo, podría ser que, en caso de siniestro, no se obtuviera la protección esperada.
    • ¿Por qué es importante la cobertura de responsabilidad civil de la carga y la de daños a las mercancías?

      En caso de sufrir un accidente, el seguro obligatorio del vehículo no cubre los daños que afectan a las mercancías transportadas. Por lo tanto, si quieres tener esta cobertura, debes plantearte contratar un seguro de daños a mercancías o, como mínimo, pensar en contratar una cobertura básica en el seguro del vehículo.

      Si mientras circulamos perdemos la carga transportada y, sin que haya colisión entre los vehículos, provocamos daños a terceros, el seguro obligatorio de vehículos tampoco lo cubrirá. Por eso es indispensable protegerse con la garantía de responsabilidad civil de la carga.
    • ¿Por qué me preguntan si circulo por puertos o aeropuertos?

      Los puertos y aeropuertos tienen una legislación propia en materia de circulación. Es necesario adaptar el seguro, en caso de que se circule por estas zonas, ya que en caso contrario no dispondrás de cobertura si tienes un accidente mientras circulas por estos recintos.
    • ¿Por qué, en el momento de contratar el seguro se piden siempre los datos de la compañía a la que tenías el vehículo asegurado o los datos de otro vehículo o los datos de otro vehículo del mismo titular?

      Si conocemos los datos de las pólizas que tienes en vigor podemos acceder a tu historial asegurador y obtener mejores tarifas en los seguros.
    • Si los siniestros se registran en el fichero de siniestralidad de las compañías, ¿a quién se le atribuyen ?

      De acuerdo con lo que establece la ley de protección de datos, todos los siniestros de culpa se registran en el DNI del titular de la póliza que en el momento del siniestro tenga asegurado el vehículo causante del accidente, haya sido él o no el conductor causante del siniestro.
    • ¿Es obligatorio llevar el recibo original del seguro en el vehículo?

      Actualmente, no. La policía autonómica y la Guardia Civil tienen acceso al fichero asegurador común para saber en todo momento si el vehículo está asegurado.

      De todas formas, es recomendable llevarlo junto con la póliza original, la tarjeta de asistencia en viaje (si corresponde) y una declaración amistosa de accidente.

      Algunas empresas a menudo piden la póliza y el recibo para permitir la entrada a sus instalaciones.
    • ¿Qué ocurre si se tiene un accidente mientras se circula bajo los efectos del alcohol o de drogas?

      La ley establece que en este caso el seguro no tiene que cubrir los daños causados. La aseguradora pagará los daños materiales y personales y más adelante reclamará los importes pagados.
    • ¿Los menores de 25 años pueden conducir furgonetas, camiones o vehículos comerciales?

      Según las estadísticas de los últimos años, los conductores de 18 a 25 años son los que tienen accidentes con mayor frecuencia. Por este motivo, la tarifa de los seguros suele estar separada en dos tramos, como mínimo. Un tramo para los conductores de 18 a 25 años y otro para el resto.

      Por lo tanto, si tienen el permiso correspondiente, sí pueden. De todas formas, desde el punto de vista del seguro, habrá que ver qué tarifa se ha utilizado y, en todo caso, se tendrá que declarar esta circunstancia en la póliza y pagar la prima por el aumento de riesgo.

      Si en el seguro no consta que hay menores de 25 años que conducen el vehículo y se produce un siniestro en el que la compañía se ve obligada a pagar, este te podrá exigir que pagues todas las indemnizaciones o una parte de ellas.

      Por lo tanto, es muy recomendable hacerlos constar siempre en la póliza, aunque representen un incremento en el precio.

Articulos de interés

  • ¿Por qué un inquilino necesita un seguro?

    Esta pregunta es una constante en nuestro día a día, y la respuesta es sí.
    Porque sabemos que los que nos lo preguntan quieren cumplir con el contrato y con la ley y, además, quieren estar protegidos y tener a alguien que responda por ellos.

  • Los seguros, siempre mejor con el asesoramiento de una correduría

    Sí, podemos comprar el pan en la gasolinera. Aun así, si lo que buscamos es un pan artesano, si queremos saber cómo está elaborado y preferimos poder elegir entre distintas variedades, iremos a una panadería.

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